Maternidad – Devolución IRPF – ¡Te ayudamos!

👉 Sentencia Tribunal Supremo prestación maternidad / paternidad

Desde esta misma tarde, lunes del 3 de diciembre de 2018, las familias que tuvieron hijos durante el 2014 y 2015, pueden solicitar durante este mes de diciembre la devolución de las cantidades indebidamente retenidas por las prestaciones de maternidad y paternidad.

La Agencia Tributaria va a facilitar un formulario a través de su página web (ENLACE), donde deberemos informar los años en los que se han percibido la ayudas y el número de cuenta donde queremos recibir la devolución.

👉  ¿Cómo solicitamos la devolución?

En dicha plataforma, para la solicitud de las devoluciones en los que hay que indicar los siguientes datos:

  1. Para poder acceder al trámite:
    1. NÚMERO DEL DNI.
    2. Referencia de acceso a la declaración o Certificado Digital o CLAVE PIN.
  2. Número de cuenta donde quiere que le ingresen el importe a devolver.

No obstante si usted posee CERTIFICADO DIGITAL puede acceder al servicio mediante dicho certificado

Se han creado dos plazos diferentes en función de la fecha de nacimiento del descendiente que generó el derecho

 

👉 Plazos de solicitud devolución

  • MES DE DICIEMBRE DE 2.018: Solicitud de devolución para los hijos nacidos en 2.014 y 2.015.
  • MES DE ENERO DE 2.019: Solicitud de devolución para los hijos nacidos en 2.016 y 2.017.

 

👉 ¿Necesitas nuestra ayuda?

En el caso de que estés interesado en que solicitemos en tu nombre la citada devolución ponte en contacto con nosotros por los cauces habituales, o enviando un correo electrónico a info@seicoasesores.com 

 

 

Seico Asesores
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