Hola buenos días… Inspección de Trabajo

“Buenos días, Inspección de Trabajo”

¿Qué miedo da esa frase para una visita eh? Nos asustamos cuando la Inspección llama a nuestra puerta. No tenemos por qué, si realmente tenemos todos nuestros procesos coordinados y revisados de forma correcta por nuestro Departamento de Recursos Humanos o por nuestra Asesoría.

Mejorar la calidad del empleo y garantizar la igualdad entre hombres y mujeres”. Este es el objetivo del nuevo plan estratégico 2018 – 2020 para la Inspección de Trabajo. Desde la Administración, se insiste que no se trata solo de potenciar la Inspección, sino de hacerla más eficaz, dotarla de más medios e impulsar la colaboración con las Comunidades Autónomas.

Para algunas empresas será un problema, para otras un alivio puesto que ven como las prácticas de su competencia se ven limitadas. ¿Cómo lo ves tú? ¿Fortaleza? ¿Debilidad?

Puntos importantes a tener en cuenta, más o menos los que siempre nos han insistido desde Inspección de Trabajo.

  • Contratos Temporales sin motivos sólidos, por el simple hecho de evitar el contrato indefinido, que no están sujetos a obras o servicios determinados de forma fehaciente en las cláusulas naturaleza del contrato.
  • Becarios o Personal en Formación, realizando trabajos de forma autónoma sin la coordinación ni supervisión necesaria, y que rompe totalmente la norma por la cual se da pie a este tipo de contratación.
  • Horas Extras injustificadas, que se consolidan en el tiempo y se utilizan como un aumento de la jornada laboral para garantizar un mayor aumento salarial.

Tres detalles importantes que no son nuevos, pero a los que debemos hacer hincapié si queremos mantener y mejorar la economía de nuestro país. Competir con empresas que incumplen estos requisitos, resulta para inviable para muchas firmas a las que incluso les ha costado “echar la persiana”

Cabe recordar, que quedó aprobada la proposición de Ley para la revisión diaria del control de jornada de trabajo para todos los empleados sea cual sea su jornada (recordamos que ya es norma obligatoria para Contratos a Tiempo Parcial). Esta norma, entrará directamente en vigor modificando el artículo del Estatuto de los Trabajadores que legisla la Jornada de Trabajo de los trabajadores.

En definitiva, nos tiene que quedar claro que la contratación de un trabajador para la realización de un trabajo que sea relacionado con la actividad normal de la empresa, deberá ser muy bien argumentado para evitar que la Inspección de Trabajo nos lo convierta en Indefinido de oficio. ¡La Administración pone el ojo en la diana!

Cualquier duda que te surja al respecto, puedes ponerte en contacto con nuestro departamento laboral o solicitando información en nuestro Formulario de Contacto

«Buenos días, gracias por su visita”

 

 

Alberto Joven
Seico Asesores S.L.

www.seikoasesores.es
ajoven@seikoasesores.es