Ley de Autónomos ¡¡¡ Por fin ¡¡¡ #BlogSeiko

Ya en aquellas pasadas elecciones de 2015, se comenzó a escuchar la «Ley del Trabajador Autónomo«. Varias propuestas, muchas preguntas y pocas respuestas. Ciudadanos y PP, PP y Ciudadanos, y mientras tanto los autónomos que seguíamos como siempre.

Por cierto, autónomos, ¿o emprendedores? ¿todos los autónomos son emprendedores? ¿todos los emprendedores son autónomos? Ni lo uno ni lo otro… ¿verdad? Seguro que conoces algún autónomo que no es emprendedor, y por supuesto, algún emprendedor que no es autónomo. Nos da para otro post esto… lo comentaremos.

A lo que vamos. Sería sencillo hacer un artículo sobre las principales propuestas que tiene la Ley del Trabajador Autónomo, copiar pegar las baterías de acuerdos y ya está. No es nuestro estilo, ni nuestra intención.

En ocasiones, cuando se legisla, no se hace una legislación acorde a la realidad, y casi siempre, se realizan Propuestas de Ley y acuerdos, que realmente poca utilidad tienen para los ciudadanos de a pie.

Una de las propuestas más solicitadas, una de las más esperadas, ha sido la prórroga hasta los 12 meses de la famosa Tarifa Plana de los 50 euros. Realmente, ¿se han hecho estudios fehacientes del resultado de esta medida? Es una ayuda para emprender, ¿o es una mano tendida para aquel que emprende sin tener un proyecto sólido? Y por cierto, ¿y por qué aquel que si tiene un proyecto sólido y estudiado, estableciendo una sociedad no tiene derecho a esa opción de cotización? Sólo son preguntas que nos surgen..

También parece que existe la posibilidad del cambio, nada menos que cuatro veces al año, de la base de cotización. Bien, una medida más… ¿se utilizará? Así meditando, de la «mínima» a la «más mínima»… ¿no se puede cambiar verdad? Casi el 100% de los nuevos autónomos, cotizan en la actualidad por la base mínima. Si además, estamos fomentando esa tarifa plana de 50 €, que se alargará en el tiempo con otro tipo de reducciones… ¿quién accederá al cambio de base 4 veces al año?

Una medida que nos parece acertada, es la cuota de 50 € para aquellas madres autónomas que se incorporan a su trabajo después de la maternidad. Ciertamente, es una reducción interesante, aunque habrá que ver que ocurre en la letra pequeña de aquellas madres que tengan bases superiores a la mínima.

Accidentes in-itinere, formación, seguridad, prevención de riesgos, desgravación de determinados gastos (dietas, comidas…),  hasta que llegamos a la que sin duda será la medida más extraordinaria y comentada de todas.  Por lo visto, los autónomos podrán darse de alta y baja en RETA en virtud de los días que hayan trabajado. Partiendo de la base de que es una medida que puede resultar acertada para determinadas situaciones y actividades, cabe recordar que estamos en ESPAÑA. Todos me habéis entendido, ¿verdad? Sobran comentarios. Habrá que estudiar detenidamente el desarrollo y ver realmente la capacidad de esta norma.

Ah, y por cierto, de lo que no hay duda, es que… según como vaya la calculadora, en Julio tu recibo de base mínima de autónomos rondará los 275,04 euros, 8 euritos más que en la actualidad. Si eres autónomo societario, como ya te subieron en enero, aunque estés en base mínima, seguirás cotizando y pagando por lo mismo.

Hemos pretendido ser claros, evitando el corta/pega y explicando brevemente las que, en nuestra opinión, son las novedades más importantes que veremos en la Ley General de Autónomos

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Alberto Joven

Asesor Laboral
ajoven@seikoasesores.es
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