Nuevos Plazos AEAT Modelos 171, 184, 345, 347

Nuevos Plazos de Presentación: Modelo 347 – 171 – 184 – 345

Por todos es bien sabido que nuestro Ministerio de Hacienda nunca deja de sorprendernos.  Pues este año con las luces de navidad, nos llega la publicación en el BOE de la Orden HFP/1106/2017 del 16 de noviembre por la que se incluyen nuevos campos el modelo 190 y la modificación más importante, los nuevos plazos de presentación de los modelos 171,184, 345 y 347.

La reforma que más nos afecta y por la que los despachos tendremos que organizarnos, aún mejor si cabe, es la modificación en los plazos de presentación.  Concretamente, SE HAN ADELANTADO LOS PLAZOS DE PRESENTACION DE FEBRERO/MARZO A ENERO, quedando de la siguiente manera:

MODELO 171 – Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, si el año pasado pudimos presentar el modelo del 1 al 31 de marzo, este año tendremos de plazo hasta el 31 de enero de 2018.

-MODELO  184 – Entidades en régimen de atribución de rentas, si el año pasado pudimos presentar el modelo del 1 al 28 de febrero, este año tendremos de plazo hasta el 31 de enero de 2018.

-MODELO 345 – Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos y mutualidades de previsión social, si el año pasado pudimos presentar el modelo del 1 al 20 de febrero, este año tendremos de plazo hasta el 31 de enero de 2018.

-MODELO 347 – Declaración anual de operaciones con terceras personas. También pasará a presentarse del 1 al 31 de enero, pero este año nos dan un poco de margen y entrará en vigor para las próximas liquidaciones, es decir para el modelo 347 que presentaremos entre el 1 y 31 de enero de 2019 con los datos de las operaciones de 2018.

 En el nuevo modelo 190, Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se incluyen los siguientes campos

  • En el apartado de personas y datos de contacto, aparece un nuevo campo para el correo electrónico.
  • En los desgloses por perceptores, se han añadido nuevos campos para diferenciar entre prestaciones dinerarias y en especie derivadas de incapacidad laboral y las no derivadas de la incapacidad laboral. De esta forma la información queda más clara y exacta.

Recordar que el plazo de presentación de este modelo, no se ha visto modificado y es del 1 al 31 de enero.

Si precisa más información al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

Andrea Calavia
Dpto. Fiscal y Contabilidad
Seiko Asesores S.L.
acalavia@seikoasesores.es