Te interesa: – resumiendo el RDL 24/2020 –

– RDL 24/2020 –

En sábado, como venía siendo una norma durante estos últimos tiempos, y a muy poco de cerrar el mes de junio, se ha publicado el RDL 24/2020, que marca la gestión a realizar sobre los ERTE’s que a fecha de hoy permanecen activos, y los que, esperemos no se usen, se podrían utilizar en caso de un nuevo rebrote de la enfermedad.

Os dejamos, este enlace al BOE, donde podéis leer con detenimiento todo su contenido: Enlace BOE RDL 24/2020

Siempre os intentamos informar de una forma visual, con poco texto, y de una manera que todos nuestros lectores puedan entender a la perfección lo que queremos transmitir. En esta ocasión, no es sencillo, pero si que, en caso de que estés sumido en un ERTE por Fuerza Mayor debes tener en cuenta que la Tesorería General de la Seguridad Social, comienza su periodo de recaudación, dejando sin efecto las exoneraciones del 100%.

La Administración, entiende que a fecha de hoy, la naturaleza de la situación ha cambiado, y los ERTE FM, tienen unas causas iniciales, que en muchos de los que siguen vigentes, no se adaptan a la realidad de hace 3 meses.

– PORCENTAJES EXONERACION-

Los llamados ERTE’s de transición, y nos vamos a centrar en empresas de menos de 50 trabajadores, van a tener los siguientes porcentajes de exoneración (en caso de no haber recuperado a fecha de hoy a ningún trabajador del ERTE) -es decir, empresas en ERTE Fm Total-

  • Durante el mes de Julio, una exoneración del 70%
  • Durante el mes de Agosto, una exoneración del 60%
  • Durante el mes de Septiembre, una exoneración del 35%

En el caso, de que la prórroga la realicemos sobre un ERTE Fm Parcial (ya hemos recuperado algún trabajador del desempleo), los porcentajes a aplicar, son los siguientes:

  • Durante el mes de Julio, una exoneración del 60% para los activados, y del 35% para los suspendidos (los que siguen en ERTE)
  • Durante el mes de Agosto, una exoneración del 60% para los activados, y del 35% para los suspendidos (los que siguen en ERTE)
  • Durante el mes de Septiembre, una exoneración del 60% para los activados, y del 35% para los suspendidos (los que siguen en ERTE)

– UNA NOVEDAD IMPORTANTE – 

El RDL, recalca una importante novedad en los ERTE ETOP (causas económicas, técnicas, organizativas, productivas). 

Desde el 1 de Julio, dichos ERTE se podrán beneficiar de una exoneración del 60% para la personas que se encuentran en activo, y del 35% para las personas con la actividad suspendida. En caso de empresas de más de 50 trabajadores, los porcentajes serán del 40% y 25% respectivamente.

Pero cuidado, esta exoneración, genera la aparición de la salvaguarda del empleo también durante 6 meses para los ERTE ETOP que se acojan a estas bonificaciones, algo que solo existía anteriormente para los ERTE Fm.

En definitiva, es muy importante, que tengas muy clara tu situación, y si te conviene o no poder acogerte a esa exoneración, puesto que en caso de incumplimiento, la Administración es dura con estas medidas.

Cuidado con esta medida, puesto que la devolución de la exoneración puede ser una cantidad muy importante.

– PROHIBIDA LA CONTRATACIÓN Y LAS HORAS EXTRAS – 

Importante también es la medida que prohíbe, de forma taxativa la realización de Horas Extras para aquellas empresas que se encuentran en ERTE, al igual, que la contratación de personas, cuyas actividades podría desarrollar alguna de las que todavía están en situación de actividad suspendida.

Dos puntos importantes, que debes tener en cuenta.

El despido por Causas Objetivas, derivadas del COVID, extiende su prohibición hasta el 30.09.2020, un dato que hemos querido indicar en negrita, para que lo tengas plenamente claro.

– NUEVAS MEDIDAS PARA AUTÓNOMOS – 

También los autónomos, van a poder alargar su situación de ayudas, mediante una nueva solicitud que se tendrá que realizar durante los primeros 15 días del mes de Julio, y del que os informaremos puntualmente.

Se establece la prórroga de la medida actual, así como la aparición de nuevas medidas con la idea de seguir ayudando a los autónomos más perjudicados, pero cuidado, de momento aparece de nuevo la obligación del pago de la cuota de autónomos.

En breve, seguiremos informando sobre estas y otras medidas de interés.

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