RETRIBUCIÓN FLEXIBLE – beneficios para tu empresa

Retribución Flexible – Conoce sus posibildades

En Seico Asesores te asesoramos sobre diversas formas de retribución

¿Conoces la RETRIBUCIÓN FLEXIBLE? Es un método de retribución que permite que tus empleados, perciban de modo no dinerario, diversas contraprestaciones que a su vez, tienen importantes ventajas fiscales. 

La exoneración fiscal de estas percepciones, permiten que el trabajador tenga un mayor importe líquido a final de año, sin que la empresa se haya visto obligada a un incremento de sus gastos. Para ello, hay que realizar una serie de gestiones formales, que permiten este tipo de retribución, que sin duda, beneficia la relación empresa-trabajador. Es un gran elemento de fidelización de empleados.

En este post, te vamos a mostrar las más conocidas, si bien, hay múltiples métodos de Retribución Flexible que puedes conocer

– Ticket Restaurante / Comedores de Empresa

Es una renta en Especie, que se entrega a los empleados para poder utilizar en diversos establecimientos debidamente identificados. De este modo, el trabajador «acepta cambiar» parte de su sueldo por una cantidad equivalente en tickets que le permiten utilizar en los restaurantes antes señalados.

Muy importante destacar, que el importe máximo diario exento se fija en 11 euros, por lo que el exceso de ese importe, tributa a tablas como cualquier otro concepto. Además, hay una serie de obligaciones, como son:

  • Tickets numerados y nominativos
  • Intransmisibles
  • No puede obtenerse su reembolso
  • Incompatible con el devengo de dietas en el mismo día

– Guardería y Servicios Educativos

También puede considerarse una Renta en Especie exenta, la cantidad que, mediante acuerdo de Retribución Flexible se percibe para el abono de la prestación de servicios de un tercero debidamente autorizado, del servicio de primer ciclo de educación infantil (0 a 3 años).

Os detallamos algunas características de esta percepción:

  • Los espacios deben estar homologados por la Administración Competente
  • Vales numerados y expedidos de forma nominativa
  • Intransmisibles
  • No existe límite cuantitativo

Por cierto… ¿verdad que todos vosotros os actualizasteis a la normativa del RGPD que finalizaba en mayo de 2018?

– Seguro Médico

Posiblemente, el más utilizado de cuantas Retribuciones en Especie disfrutamos en la actualidad.

Mediante acuerdo de Retribución Flexible, está exenta la Renta en Especie que consiste en el abono de primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad.

Es importante tener claro que:

  • El acuerdo con la aseguradora debe tener como objeto del seguro la enfermedad.
  • Pueden ser asegurados tanto el trabajador, como su cónyuge o descendientes
  • El límite exento anual, se establece en 500€ por persona. El exceso, tributa a tablas de nuevo como cualquier otro concepto.

 

Algunas puntualizaciones

Existen otro tipo de Retribuciones en Especie, que no son consideradas como Retribución Flexible. Es muy importante tener claro este concepto. 

Por supuesto, para que exista Retribución Flexible, y nos podamos beneficiar de las exenciones fiscales, debemos hacer acuerdos unitarios por persona, en el cual indiquemos de forma concreta, el motivo de la novación contractual,  así como los importes que pasan a cambiar su carácter dinerario por percepción en especie.

Podíamos hacer también hincapié en Gastos de Locomoción con acuerdos con empresas de transporte colectivo, Gastos de Formación, determinados Seguros de Vida o Responsabilidad Civil… que también podrían ser objeto de un acuerdo de Retribución Flexible.

Entendemos que no es un campo fácil de entender, por lo que tenemos nuestro correo info@seicoasesores.com a vuestra disposición para cualquier duda que se os plantee al respecto.

 

Alberto Joven
Seico Asesores

www.seicoasesores.es
ajoven@seicoasesores.es