SMI2019, algunas dudas y respuestas

SMI2019 – ¿Qué cuantía tiene? ¿Afecta a la creación de empleo? ¿Y qué ocurre con los embargos?

– Algunas respuestas simples –

A estas alturas de año, todos conocemos, ya que ha sido trending topic en todos los telediarios, los importes, afecciones, y comentarios que ha llevado consigo el incremento del Salario Mínimo Interprofesional para 2019.

Lejos de querer realizar un artículo de opinión, que de forma personalizada habréis escuchado en multitud de medios, en este breve artículo tan sólo queremos indicaros algunas pautas para la correcta aplicación del mismo, puesto que… hemos leído artículos y opiniones, que pueden llevar a error de interpretación al lector.

  1. El dato económico del SMI2019 quedó reflejado en 12.600€ anuales, que puede dividirse en 14 pagas de 900€ o bien en 12 pagas de 1.050€ mensuales.
  2. Dicho incremento arrastra una subida en las cotizaciones sociales en sus topes mínimos, hasta los 1.050€, es decir, ningún trabajador en Régimen General a Tiempo Completo, podrá tener una base de cotización inferior a dicha cantidad.
  3. El coste medio de un trabajador con SMI2019 incluyendo Seguridad Social, se irá a los 16.500€ aproximadamente

 

– Te conviene conocer – 

  • El importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI2019) se refiere y referencia al total anual que un trabajador cobra englobando su bruto anual en un año
    ¿Qué quiere decir esto? No hay que confundir el salario que percibe un trabajador, con el Salario Base que se refleja en el recibo de salarios. En muchas ocasiones, hemos recibido consultas indicando si el Salario Base de Convenio o Pacto, debe indicar esos 900€.
    En absoluto, la norma indica SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL, y de no ser así, hubiéramos creado la nueva figura del SALARIO BASE MÍNIMO INTERPROFESIONAL, nomenclatura, que espero no dar ideas, a fecha de hoy todavía no está en uso.
    En definitiva, una nómina mensual con 750€ de Salario Base, y 200€ de Complemento de Empresa, es perfectamente válida puesto que su cómputo, al multiplicarlo por 14 pagas, es superior a los 12.600€ anuales del SMI2019
  • Al hilo de lo comentado, quizá debas tener en cuenta, que otros pluses, como Horas Extras, Plus de Distancia, o percepciones variables percibidas en base a Cantidad o Calidad de Trabajo, deberían dejarse al margen de este cómputo anual. Con todo ello, estamos ante un momento en el que surgirán dudas, preguntas e incluso reclamaciones, con lo cual, es importante tener la claridad suficiente para poder responder con coherencia al tema.
  • ¿Y la antigüedad? ¿Qué ocurre con ella? La antigüedad, es una remuneración mensual, que no se percibe como contraprestación a un desplazamiento, ni cubre una especial dedicación, ni es un premio por un mayor o mejor trabajo. Con todo ello, la antigüedad siempre se tendrá en cuenta como cómputo para el cálculo del SMI2019
    ¿Ponemos un ejemplo? Un trabajador con un Salario Base de 600€x14, una Antigüedad de 200€x14, y un Complemento Empresa de 150€x14, estará perfectamente cubierto y cumplirá con la normativa SMI2019. Este trabajador, aunque su Salario Base quedaría en 600€x14, su cómputo anual se iría a los 13.300€, con lo que dado que ningún concepto añadido tiene Carácter Extrasalarial, ni se abona por Cantidad o Calidad de Trabajo.
    Recuerda: No se habla de Salario BASE Mínimo Interprofesional

 

– ¿Alguna afección directa importante? –

Sin duda alguna, y bajo los números existentes, algunos de los colectivos que más problemas tendrán a la hora de incorporarse al Mercado Laboral, serán aquellos que por primera vez optan a puestos de Formación o Prácticas. ¿Por qué? Hemos de recordar, que todos las personas que prestan una labor por cuenta ajena, deben tener garantizado el SMI. Por ello, todas las contrataciones en Prácticas o Formación, deben realizarse bajo el paraguas del SMI2019 del que hemos hablado.

¿Qué handicap existe? El RDL28/2018, fulminó algunas de las bonificaciones por contratación existentes en la normativa laboral, basándose en la coletilla existente en su publicación en la Reforma 2012, la cual supeditaba su existencia a una tasa de paro por debajo del 15%.
Una de las bonificaciones desaparecidas, es el descuento del 50% en Contingencias Comunes para los Contratos en Prácticas que, eso sí, debían tener alguna casuística determinada.
¿Qué ocure ahora? Además del incremento de ese casi 23% del SMI2019, nos encontramos con que esa ayuda del 11,30% en la cotización del trabajador, ha desaparecido, con lo que… no es difícil hacer números del incremento que supone a 2019 la contratación de una persona en prácticas para una empresa.

 

– ¿Se verá afectado mucho el Mercado de Trabajo? –

Todos somos conocedores que venimos de un proceso alcista de nuestra economía… que poco a poco iba perdiendo su tirón, y que para este 2019 ya marcaba una tendencia a la baja. Los expertos, que para eso lo son, indican renovaciones en nuestro crecimiento siempre minorando este. Es obvio, que la inseguridad política y económica, no beneficia a la economía de un país, y situaciones como esta, alertan y dejan ver situaciones incómodas.

Conviene tener calma y esperar, y sobre todo, tener muy clara la correcta aplicación del SMI2019, dejando claro y afirmando, pese a muchas lecturas que he realizado por ahí no demasiado claras, que haya convenio o no, obsoleto o no firmado, sea cuando fuere, para este 2019 todos los trabajadores habrán de garantizar una cotización mensual mínima de 1.050€ mensuales, y un bruto anual mínimo de 12.600€ anuales.


 

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Alberto Joven
Seico Asesores

www.seicoasesores.es
ajoven@seicoasesores.es