Subvenciones Contratación de Trabajadores 2018

El discurso de final de año del Presidente del Gobierno de Aragón tuvo, como uno de los temas estrella, el compromiso del equipo de Gobierno de buscar el Pleno Empleo en esta misma legislatura, entendiendo que para que exista Pleno Empleo se debe conseguir una tasa de desempleo que se encuentre situada alrededor de un 3%-4%. Actualmente, el paro en Aragón está en un 11,54 % por lo que está lejos del objetivo expuesto por el Presidente del Gobierno de Aragón, si bien uno de los posibles alicientes que tengan los empresarios para contratar a personas desempleadas son las subvenciones y bonificaciones por contratación existentes. 

En otros momentos, siempre había que esperar más tiempo para conocer que subvenciones existen por contratación de trabajadores, sin embargo, este año ya se han publicado, en concreto, se publicaron en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) del pasado 9 de enero, y mediante el presente artículo hacemos un breve resumen. 

Para la contratación indefinida inicial, siempre que el desempleado contratado sea un menor de 30 años, o un mayor de 45 años, mujer de cualquier edad, o un desempleado de larga duración, la subvención puede ser de, al menos 4.000 euros. Si el contrato es a tiempo parcial (con un mínimo de jornada del 50%), la ayuda será proporcional. Los requisitos son parecidos a los de todos los años, estar apuntado al desempleo al menos durante un mes ininterrumpido, oferta de empleo previa a través de las oficinas del INAEM, que se incremente el empleo fijo de la empresa y mantener en el empleo al trabajador objeto de la subvención durante un periodo de tiempo. 

También se apoyará económicamente las conversiones en contratos indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje, de prácticas y de interinidad, siempre que la persona objeto del contrato sea menor de 30 años, o mayor de 45 años, o mujeres de cualquier edad. La subvención será, al menos de 2.500 euros siempre que la conversión sea antes del vencimiento del contrato, con la misma jornada del contrato temporal con un mínimo del 50% de la jornada, que se produzca el incremento de empleo fijo de la plantilla y mantener en el empleo al trabajador objeto de la subvención durante un periodo de tiempo. 

Por último, existen otro tipo de ayudas para otras formas de contratación como en prácticas o con fines integradores, así como la posibilidad de incrementar las ayudas comentadas cumpliendo con un mayor número de exigencias para lo que aconsejamos se pongan en contacto con nosotros para conocer detalles y requisitos.

Es muy importante ser conscientes de la importancia de cumplir con todos los  requisitos que solicita la norma, con lo cual, antes de solicitar una Subvención o Bonificación de este tipo es conveniente hacer un estudio de todas las casuisticas, puesto que la edad, el sexo, la titulación o incluso el municipio de residencia, pueden ser clave a la hora de optar a una bonificación/subvención u otra.

Para todo lo expuesto en este artículo, y ante cualquier duda que te surja,  puedes ponerte en contacto con nosotros en este enlace: contacta aquí

Javier Lázaro
Seiko Asesores S.L.
jlazaro@seikoasesores.es
www.seikoasesores.es